En cuanto al poder de la ordenación
En cuanto al poder de la ordenación
Forma de Gobierno Presbiteriano de la Iglesia
Forma de Gobierno Presbiteriano de la Iglesia, Estándares de Westminster, Iglesia Reformada, Iglesia Presbiteriana, Calvinismo
La ordenación es el acto de un presbiterio.
El poder de ordenar y toda obra de ordenación está en el presbiterio en su totalidad, el cual, cuando está sobre más congregaciones que una, ya sea que estas congregaciones sean fijas o no fijas, en cuanto a oficiales o miembros, es indiferente en cuanto al punto de ordenación.
Es muy necesario que ninguna congregación, que pueda asociarse convenientemente, se arrogue todo y único poder en la ordenación:
1. 1. Porque no hay ningún ejemplo en las Escrituras de que una sola congregación, que pueda asociarse convenientemente, asuma para sí misma todo y único poder en la ordenación; tampoco hay ninguna regla que pueda justificar tal práctica.
2. 2. Porque hay en la Escritura ejemplos de ordenación en un presbiterio sobre diversas congregaciones; como en la iglesia de Jerusalén, donde había muchas congregaciones: estas muchas congregaciones estaban bajo un presbiterio, y este presbiterio ordenaba.
Los presbíteros predicadores asociados ordenadamente, ya sea en las ciudades o en las aldeas vecinas, son aquellos a quienes corresponde la imposición de manos, para aquellas congregaciones que se encuentran dentro de sus límites respectivamente.