Prefacio de la Asamblea (1647)
Prefacio de la Asamblea (1647)
Los quince primeros Artículos de la Iglesia de Inglaterra revisados por la Asamblea de Westminster, con sus pruebas bíblicas, comparados con el texto de 1638; PDF gratis
A la honorable Cámara de los COMUNES reunida en Parlamento.
La Asamblea, en su primera sesión, recibió una orden de ambas honorables Cámaras del Parlamento, fechada el 5 de julio de 1643, que le requería tomar en consideración los diez primeros de los Treinta y Nueve Artículos de la Iglesia de Inglaterra, para liberar y vindicar su doctrina de todas las calumnias y falsas interpretaciones. En obediencia a ella, tomaron sin demora en consideración dichos diez primeros artículos. Después recibieron otra orden para los nueve siguientes, y conforme a ella los tomaron asimismo en consideración. Pero, estando limitados por ambas órdenes únicamente a aclararlos y vindicarlos, aunque nos vimos obligados a hacer para ese fin algunas alteraciones y adiciones, hicimos en ellos menos alteraciones y les añadimos menos de lo que de otro modo habríamos juzgado conveniente, si todo el asunto se nos hubiera dejado sin tal limitación, considerando que aún quedaban muchas cosas defectuosas, y otras expresiones que convenía cambiar. Y en esto procedimos solo hasta terminar quince artículos, porque plugo a ambas Cámaras, por una orden fechada el 12 de octubre de 1643, requerirnos que dejáramos a un lado el resto y emprendiéramos la obra del gobierno de la Iglesia; y después, por otra orden, emplearnos en redactar una Confesión de Fe para los tres reinos, conforme a la Liga y Pacto Solemnes; en la cual Confesión no hemos dejado fuera nada de lo que en los artículos anteriores era sustancial y necesario conservar. Habiéndola terminado y presentado a ambas Cámaras, nos habríamos abstenido de presentar estos quince artículos (tanto por ser una pieza imperfecta en varios sentidos, como por referirse el conjunto solo a la Iglesia de Inglaterra), si no se nos hubiera mandado otra cosa por una orden de la honorable Cámara de los Comunes fechada el 7 de diciembre de 1646. Conforme a ella, los presentamos como sigue.